INFORMATE

La eutanasia veterinaria se rige principalmente por la Ley N° 21.020 de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía (conocida como Ley Cholito) y las directrices éticas del Colegio Médico Veterinario de Chile (COLMEVET).

Prohibición del control poblacional: La Ley 21.020 prohíbe explícitamente el uso del sacrificio o eutanasia como método de control de la población animal por parte de municipios, servicios públicos o particulares.

Justificación médica y bienestar: La eutanasia solo es legal bajo criterios médicos y éticos. Debe estar motivada por enfermedades terminales, dolor insoportable no tratable o deterioro irreversible de la calidad de vida de la mascota.

Exclusividad profesional: Únicamente un Médico Veterinario titulado y habilitado puede evaluar la situación y ejecutar el procedimiento.

Objeción de conciencia/ética profesional: Si un tutor solicita la eutanasia por conveniencia o por razones económicas sin una justificación clínica real, el veterinario tiene el derecho y deber ético de negarse, ya que practicarla sin causa justificada se configura como maltrato animal (delito sancionado en el Código Penal).

Notificación y Registro Nacional: Tras el deceso, el tutor legal tiene la obligación de dar aviso o actualizar el estado de la mascota en el Registro Nacional de Mascotas (sistema con microchip) para procesar su baja legal.

Empatía

Escuchamos tu historia y la de tu mascota, con sensibilidad y sin juicios.

A domicilio

Vamos donde estés para acompañarte en casa para una despedida en su lugar favorito.

Ceremonia serena

Pequeños rituales para honrar su memoria con calma y gratitud.